Los compromisos del Estado con particulares deben ser pagados con cargo al presupuesto vigente de la institución acreedora o en el siguiente.
Explica que el caso de la señora Eladia María Mercedes de Ozuna, recién fallecida, fue presentado fuera de plazo establecido.

El Ministerio de Hacienda informó hoy que las instituciones públicas que hayan sido condenadas al pago de deudas a particulares, mediante sentencias condenatorias definitivas, deberán cumplir con esos compromisos con los fondos presupuestarios que les corresponden.
En un comunicado, Hacienda se refiere al marco normativo y procedimental que rige el pago de sumas de dinero en virtud de sentencias condenatorias definitivas, pronunciadas contra determinadas instituciones públicas.
Indica que las sentencias dictadas por órganos jurisdiccionales que condenen al Estado, al Distrito Nacional, a los municipios, a los distritos municipales y a los organismos autónomos o descentralizados no financieros, al pago de sumas de dinero, una vez adquieran la autoridad de cosa irrevocablemente juzgada, serán satisfechas con cargo a la partida presupuestaria de la entidad pública afectada por la sentencia.