Desde el 1 de noviembre de 2026, estas empresas deberán utilizar exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos identificados con la serie “E”.
Santo Domingo.– La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso que, a partir del próximo 1 de noviembre, los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Locales y Medianos deberán emitir exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).
La medida representa el cierre definitivo del uso paralelo de los tradicionales comprobantes fiscales no electrónicos, identificados con la serie “B”, para este grupo empresarial.
Según el aviso de la administración tributaria, las secuencias tipo “B” previamente asignadas solo podrán utilizarse hasta el 31 de octubre de 2026. Después de esa fecha serán consideradas vencidas y no tendrán validez para fines de recepción o procesamiento fiscal.
La disposición forma parte de la implementación de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica y busca fortalecer la trazabilidad de las operaciones comerciales, agilizar los procesos tributarios y reducir errores, duplicidades y posibles irregularidades en la facturación.
Para cumplir con la normativa, las empresas deberán estar autorizadas como emisores electrónicos, disponer de un certificado digital, utilizar un sistema compatible con las especificaciones técnicas de la DGII y completar satisfactoriamente el proceso de certificación.
Los contribuyentes alcanzados por la disposición deberán revisar sus sistemas de facturación, capacitar al personal y coordinar con sus proveedores tecnológicos antes de la fecha límite. Emitir comprobantes no electrónicos después del 31 de octubre podría provocar el rechazo de las facturas y generar incumplimientos tributarios.
La DGII mantiene disponible en su plataforma el listado de Grandes Contribuyentes Locales y Medianos obligados a implementar la facturación electrónica, por lo que recomienda consultar la clasificación correspondiente mediante el Registro Nacional de Contribuyentes.




