La nueva normativa elimina determinadas retenciones del ITBIS para emisores electrónicos y establece plazos decisivos para la transformación digital de las empresas
SANTO DOMINGO.— La Dirección General de Impuestos Internos dio un nuevo paso hacia la digitalización del sistema tributario dominicano con la entrada en vigor de disposiciones que impactan directamente la facturación, el flujo de efectivo y el cumplimiento fiscal de miles de empresas.
La medida más reciente es la Norma General 02-2026, mediante la cual se establece que las sociedades designadas como agentes de retención no deberán aplicar las retenciones del ITBIS contempladas en la Norma 02-05 cuando realicen pagos a otra persona jurídica que cumpla dos condiciones fundamentales: estar autorizada por la DGII como emisora electrónica y documentar la operación mediante un Comprobante Fiscal Electrónico.
En términos prácticos, una empresa que venda bienes o preste servicios a otra sociedad podrá recibir el pago correspondiente sin que se le practiquen esas retenciones específicas, siempre que la transacción sea respaldada correctamente con una factura electrónica.
Un alivio para el flujo de efectivo
La decisión podría representar una mejora importante para la liquidez de las empresas formalizadas. Aunque las retenciones funcionan como un mecanismo de control tributario, también provocan que una parte del dinero facturado no llegue inmediatamente al proveedor, quien debe esperar para compensarlo al presentar sus declaraciones.
Con la nueva disposición, los emisores electrónicos podrán disponer de una mayor proporción del dinero generado por sus operaciones, lo que puede facilitar el pago de nóminas, proveedores, alquileres y otros compromisos empresariales.
Sin embargo, la medida no constituye una exención del ITBIS ni elimina todas las retenciones fiscales. El impuesto continúa existiendo y deberá ser declarado y pagado conforme a la legislación vigente.
La exclusión se limita exclusivamente a las retenciones establecidas en la Norma General 02-05 y sus modificaciones. Las retenciones o percepciones ordenadas por otras disposiciones tributarias continuarán aplicándose.
La factura electrónica será indispensable
La nueva normativa también funciona como un incentivo para que más empresas completen su incorporación al sistema de facturación electrónica.
Para recibir el beneficio, no bastará con enviar una factura digital en formato PDF o por correo electrónico. El proveedor deberá estar formalmente autorizado por la DGII como emisor electrónico y utilizar un Comprobante Fiscal Electrónico válido, identificado mediante una secuencia tipo “E”.
La DGII tendrá acceso inmediato a la información de la operación, lo que permitirá verificar al emisor, el comprobante utilizado, el monto facturado y los impuestos involucrados. Esa trazabilidad sustituye parte de la función de control que tradicionalmente cumplían las retenciones.
Esto significa que la digitalización no representa una reducción de la fiscalización. Por el contrario, permite controles más rápidos, automatizados y precisos.
Nuevos plazos para las empresas
A partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos deberán emitir sus facturas exclusivamente mediante comprobantes fiscales electrónicos.
Las secuencias tradicionales tipo “B” asignadas a esas empresas solo serán consideradas válidas hasta el 31 de octubre. Después de esa fecha, podrán utilizarse únicamente ante una contingencia formalmente declarada y bajo las condiciones establecidas por el reglamento de facturación electrónica.
Los contribuyentes clasificados como Pequeños, Micros y No Clasificados tienen hasta el 15 de noviembre de 2026 para completar su proceso de implementación.
Las empresas que todavía no estén preparadas deben revisar sus sistemas contables, solicitar la autorización correspondiente, adquirir una firma digital y capacitar al personal encargado de la facturación. También deberán confirmar que sus programas puedan emitir, recibir, validar y conservar los comprobantes electrónicos.
Mayor vigilancia sobre el cumplimiento
La transformación incluye la ampliación del Scoring Tributario a más de 200 mil pequeñas y medianas empresas. Esta herramienta permitirá que cada contribuyente consulte en la Oficina Virtual su nivel de cumplimiento mediante una puntuación de hasta cinco estrellas.
La ausencia de una estrella puede indicar declaraciones pendientes u otras obligaciones sin completar. Aunque la DGII presenta el sistema como un mecanismo de orientación y autogestión, la puntuación tributaria podría convertirse en un elemento cada vez más importante para evaluar la organización y confiabilidad fiscal de una empresa.
La institución también ha simplificado trámites y eliminado requisitos administrativos, pero estas facilidades estarán acompañadas de controles basados en riesgos y del uso intensivo de la información digital.
Una transformación que exige preparación
Las nuevas reglas representan una oportunidad para reducir cargas administrativas, mejorar el flujo de efectivo y agilizar las operaciones comerciales. No obstante, también aumentan la responsabilidad de las empresas sobre la calidad y exactitud de la información que reportan.
Cada factura electrónica deja una huella inmediata dentro del sistema tributario. Los errores, las inconsistencias entre ingresos y declaraciones o el uso incorrecto de comprobantes podrán ser detectados con mayor rapidez.
La transición hacia la facturación electrónica ya no debe verse como un proyecto futuro. Para una parte importante del sector empresarial dominicano, constituye una obligación inmediata.
Las empresas que se adapten a tiempo podrán beneficiarse de procesos más rápidos y menores retenciones. Las que posterguen la transformación se exponen a interrupciones en su facturación, rechazo de comprobantes, sanciones y dificultades para sostener sus operaciones comerciales.




