Santo Domingo.– La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) advirtió que los médicos, clínicas y centros de salud contratados por una Administradora de Riesgos de Salud (ARS) no pueden exigir pagos adicionales a las pacientes por cesáreas u otros procedimientos incluidos dentro de su cobertura.
La institución explicó que, cuando un servicio está contemplado en el plan de salud y ha sido debidamente autorizado, la afiliada solo debe pagar el copago o la cuota moderadora correspondiente. Cualquier suma extra solicitada por concepto de honorarios médicos, anestesiología, uso de sala, materiales o asistencia quirúrgica podría constituir un cobro indebido.
La advertencia responde a las denuncias frecuentes de mujeres embarazadas que, al momento de dar a luz, reciben solicitudes de dinero que no habían sido informadas previamente. Esta práctica coloca a las familias en una situación de vulnerabilidad, debido a que se produce en medio de una necesidad médica inmediata y cuando resulta difícil cuestionar el pago o buscar otra alternativa.
Las pacientes pueden reclamar el dinero
Las afiliadas que hayan realizado pagos adicionales por una cesárea o por servicios relacionados pueden presentar una solicitud de reembolso ante su ARS. Para sustentar la reclamación es importante conservar las facturas, recibos, autorizaciones, indicaciones médicas y cualquier documento que demuestre el monto pagado y el servicio recibido.
Si la ARS no ofrece una respuesta satisfactoria, la persona afectada puede acudir a la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) o presentar formalmente su reclamación ante la Sisalril.
Las autoridades recomiendan que, antes del parto, las pacientes confirmen directamente con su ARS cuáles servicios están cubiertos, cuánto corresponde pagar y cuáles profesionales forman parte de la red contratada. También deben solicitar una factura detallada de cualquier monto adicional que les sea requerido.
La disposición busca impedir que el nacimiento de un hijo se convierta en una oportunidad para imponer pagos injustificados. La cobertura de maternidad no puede depender de acuerdos informales ni de cobros realizados bajo presión: las pacientes tienen derecho a conocer previamente el costo de los servicios y a recibir las prestaciones garantizadas por su seguro de salud.




