Santo Domingo.– La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) presentó este martes 20 de octubre un nuevo Cuadro de Enfermedades Profesionales que incorpora por primera vez afecciones asociadas a factores psicosociales en el Seguro de Riesgos Laborales (SRL) de la República Dominicana. Entre ellas figuran el síndrome de agotamiento laboral o burnout, determinados cuadros depresivos y trastornos no orgánicos del sueño cuando están vinculados con las condiciones de trabajo.
La ampliación fue establecida mediante la Resolución 00270-2026, con la que la institución busca actualizar el reconocimiento de enfermedades ocupacionales y facilitar el acceso a las prestaciones correspondientes a quienes cumplan los requisitos establecidos.
La salud mental entra en el reconocimiento de riesgos laborales
Uno de los aspectos más relevantes de la disposición es la inclusión expresa de afecciones de origen psicosocial. Esto permite considerar determinados problemas de salud mental dentro del sistema de riesgos laborales cuando exista una relación comprobada con la actividad o las condiciones de trabajo.
El agotamiento laboral puede manifestarse mediante cansancio persistente, distanciamiento de las tareas y una sensación de menor eficacia profesional. Sin embargo, experimentar estrés o sentirse agotado no implica por sí solo que una persona tenga una enfermedad profesional reconocida ni que obtenga automáticamente una prestación del seguro.
En República Dominicana, la atención a la salud mental es un asunto que este medio ha seguido de cerca, como se reflejó en el análisis de la necesidad de un plan nacional de salud mental y en la cobertura sobre el impacto del estrés en comunidades como Pantoja.
No solo burnout: cánceres y otras enfermedades ocupacionales
La actualización también contempla diversas patologías que pueden estar asociadas con la exposición a riesgos en el trabajo. Entre las incorporaciones mencionadas por Sisalril aparecen cánceres de origen ocupacional que afectan órganos como pulmón, laringe, hígado, riñón, vejiga y piel, además de otras localizaciones.
La lista abarca igualmente afecciones respiratorias, osteoarticulares y musculoesqueléticas, renales, hepáticas, hematológicas, endocrinas, reproductivas y vasculares. La institución organizó el nuevo cuadro en siete grupos, para los cuales identifica factores de riesgo, posibles enfermedades y actividades donde suelen presentarse.
La mera presencia de un diagnóstico en ese listado no significa que todos los casos tengan origen laboral. Para su reconocimiento deben considerarse los antecedentes, la exposición, la evaluación médica y el procedimiento previsto en la normativa.
¿Qué cobertura puede recibir un trabajador?
De acuerdo con el Reglamento del Seguro de Riesgos Laborales, aprobado por el Decreto 287-26, las enfermedades profesionales reconocidas que generen gastos médicos o incapacidad laboral temporal o permanente pueden dar lugar a las prestaciones establecidas en el sistema.
El Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril) es la entidad encargada de administrar las prestaciones y evaluar el vínculo entre la enfermedad y el trabajo. El proceso contempla la intervención médica correspondiente y la investigación de las condiciones laborales antes de determinar el reconocimiento del caso.
Por tanto, la resolución no significa que cualquier diagnóstico de depresión, problemas de sueño o agotamiento sea cubierto automáticamente. Las personas que consideren que su salud está siendo afectada por su trabajo deben buscar evaluación médica, documentar sus condiciones y consultar los canales oficiales sobre el procedimiento aplicable.
La discusión sobre la cobertura de salud también ha formado parte de la cobertura de Voces del Oeste, como la reciente información acerca de nuevos beneficios sanitarios para jubilados y pensionados. Se trata de medidas diferentes, destinadas a poblaciones y regímenes de protección distintos.
Un cuadro que podrá seguir actualizándose
Como parte de la resolución, Sisalril creó la Comisión Técnica Interinstitucional para la Revisión y Actualización del Cuadro de Enfermedades Profesionales. Este equipo deberá revisar periódicamente el instrumento y proponer modificaciones conforme avancen los conocimientos científicos y cambien los riesgos laborales.
La decisión amplía el reconocimiento institucional de enfermedades que pueden derivarse de la actividad productiva. El desafío será que empleadores y trabajadores conozcan los mecanismos de prevención, evaluación y protección, y que las solicitudes reciban respuestas oportunas conforme a la normativa vigente.
Fuentes: Sisalril, comunicado oficial del 20 de octubre de 2026; Diario Libre, 20 de octubre de 2026; Sisalril, repositorio de resoluciones.




